El Consejo de Transparencia vigilará el nuevo registro de lobbies, con multas de hasta 40.000 euros

El Gobierno crea por real decreto-ley un registro estatal y obligatorio de grupos de interés, supervisado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con multas de hasta 40.000 euros.

Ilustración editorial: un registro abierto con un sello de lacre y una cinta roja

El Gobierno aprobó el 25 de agosto, por real decreto-ley, la creación de un Registro estatal, público y gratuito de grupos de interés. El Real Decreto-ley 21/2026, de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés, se publicó al día siguiente en el BOE y entró en vigor el 27 de agosto.

La norma obliga a inscribirse a toda persona física o jurídica —y a las agrupaciones sin personalidad jurídica, incluidas plataformas y foros— que realice actividades de influencia sobre personal o cargos públicos con capacidad decisoria: reuniones, consultas, campañas de comunicación, entrega de documentos de posición y financiación de think tanks orientados a incidir en normas o políticas públicas. Quedan excluidas las administraciones públicas, los partidos políticos, los organismos internacionales y los colegios profesionales en el ejercicio de funciones públicas.

España necesita reglas claras que aporten transparencia, seguridad jurídica y confianza a la interlocución entre la sociedad civil y los poderes públicos

Carlos Parry, presidente de APRI

Su supervisión recae en el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que gestionará el registro y asumirá potestad sancionadora: apercibimiento para las infracciones leves; suspensión de tres meses a un año y multas de 2.000 a 5.000 euros para las graves; y prohibición de actuar de dos a cinco años, más multas de 5.000 a 40.000 euros, para las muy graves —entre ellas, inscribirse con datos falsos o ejercer actividad de influencia sin registrarse.

El Ejecutivo recurre al decreto-ley después de que el proyecto de ley equivalente llevara meses encallado en el Congreso de los Diputados, sin mayoría a la vista entre el Gobierno y sus socios parlamentarios. La fórmula tiene un precio político: la Cámara Baja dispone ahora de 30 días para convalidar o tumbar la norma, lo que deja la nueva obligación de transparencia sujeta al mismo bloqueo parlamentario que la originó. El Gobierno vincula además la creación del registro con el hito 432 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia comprometido con Bruselas, cuyo calendario de cumplimiento se aproxima a su fecha límite.

La Asociación de Profesionales de las Relaciones Institucionales (APRI), que agrupa a los profesionales del lobby y los asuntos públicos en España, valoró la aprobación en una nota propia el mismo 25 de agosto. La entidad destacó que el texto conocido recoge varias de sus reivindicaciones históricas —registro obligatorio, publicidad de las reuniones con cargos públicos, huella normativa y régimen sancionador— y subrayó que la supervisión recaiga en un organismo independiente, algo que «ha sido una de las principales reivindicaciones defendidas por APRI desde sus inicios». Su presidente, Carlos Parry, afirmó que «España necesita reglas claras que aporten transparencia, seguridad jurídica y confianza a la interlocución entre la sociedad civil y los poderes públicos» y pidió a las fuerzas políticas que contribuyan a la convalidación del texto si responde a «los estándares que llevamos años defendiendo», en lo que definió como «una cuestión de calidad democrática» y no partidista.

Para las consultoras de asuntos públicos que operan en España, la norma convierte en obligación legal —con sanción económica de por medio— lo que hasta ahora dependía de la voluntad de cada organización: inscribirse, hacer pública su actividad de influencia y dejar rastro documental de con quién se reúnen y para quién trabajan. Queda por ver si el Congreso, el mismo que llevaba meses sin validar esta regulación, decide ahora tumbarla en el plazo de convalidación.

Fuentes