El Gobierno cierra los últimos huecos a la publicidad del tabaco

El proyecto de ley aprobado el 21 de julio extiende la prohibición publicitaria a todos los soportes —incluido internet— y a cualquier imagen de consumo en televisión.

Ilustracion editorial: un cigarrillo dentro de una vitrina de cristal agrietada, con un megafono asomando por la grieta, metafora de la ampliacion del veto publicitario al tabaco

El Consejo de Ministros aprobó el 21 de julio el proyecto de ley del tabaco, una reforma que refuerza las prohibiciones publicitarias sobre el tabaco, los cigarrillos electrónicos y los productos relacionados en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras, internet y cualquier forma de promoción directa o indirecta, según recoge la nota de prensa del Ministerio de Sanidad. El texto se remite ahora a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.

La norma también endurece el punto de venta —prohíbe acciones en escaparates y cartelería visible desde el exterior de los establecimientos— y alcanza por primera vez a los contenidos audiovisuales: según el mismo comunicado, no podrán emitirse programas, vídeos o imágenes en los que presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando, consumiendo o mostrando productos del tabaco, ni dispositivos relacionados como los cigarrillos electrónicos o las bolsas de nicotina. La reforma modifica, además, la Ley General de Comunicación Audiovisual.

La distancia

El comunicado oficial dedica la mayor parte de su extensión a los nuevos espacios sin humo —terrazas, playas, campus universitarios, instalaciones deportivas, un radio de quince metros en torno a centros sanitarios y educativos— y solo un apartado a la restricción publicitaria. Para la industria de la comunicación, sin embargo, es la pieza que más le afecta: cierra el hueco que quedaba abierto en los contenidos audiovisuales y en cualquier promoción online, el terreno donde el tabaco y el vapeo todavía encontraban recorrido pese a las restricciones vigentes desde 2005.

Contexto regulatorio

La reforma modifica la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, y forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027. Una vez aprobada de forma definitiva por las Cortes, entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con un plazo adicional de dos meses para adaptar la señalización de los nuevos espacios sin humo.

Qué cambia para el sector

Para las agencias y los anunciantes, la reforma no abre un frente nuevo —el tabaco lleva vetado de la publicidad convencional desde 2005— pero sí cierra los últimos resquicios: la aparición incidental de consumo en programas de televisión, la promoción en máquinas expendedoras y cualquier forma de publicidad en internet quedan expresamente prohibidas. El texto llega, además, en un momento en que el escrutinio regulatorio sobre el contenido audiovisual con marcas —desde el patrocinio de influencers hasta el emplazamiento de producto— crece en paralelo en Bruselas y en España.

Fuentes